Condiciones generales de las órdenes de compra

Última actualización: 15 de septiembre de 2020

La compra de producto(s) ("Productos") y servicios ("Servicios") al proveedor indicado en la Orden de Compra ("Proveedor") por parte de Brain Corporation, una corporación de California, y/o cualquiera de sus empresas subsidiarias o afiliadas ("Brain") está condicionada a los siguientes documentos (enumerados en orden de prioridad comenzando por el de mayor prioridad): (i) un acuerdo mutuamente convenido y firmado; (ii) una orden de compra proporcionada por Brain (una "Orden de Compra"); y/o (iii) estas Condiciones Generales de la Orden de Compra (colectivamente, según corresponda, el "Contrato"). En caso de conflicto entre los términos y condiciones de los documentos del Contrato, prevalecerá el documento de mayor prioridad. El Comprador y el Proveedor se denominan aquí individualmente una "Parte" y colectivamente las "Partes".

1. 1. Suministro de Productos y Servicios. El Proveedor suministrará a Brain los Productos y Servicios al precio y en la cantidad indicados en el Contrato, junto con cualesquiera requisitos adicionales, de conformidad con los términos y condiciones previstos en el Contrato. El Proveedor suministrará los Productos y Servicios de conformidad con las indicaciones e instrucciones de Brain y de acuerdo con las muestras de los Productos que le sean facilitadas y aprobadas por Brain. El Proveedor llevará a cabo las inspecciones y pruebas finales y durante el proceso de fabricación de los Productos que las Partes acuerden mutuamente para garantizar que los Productos se fabrican de conformidad con las indicaciones e instrucciones de Brain. El Proveedor será responsable (ya sea directamente o a través de terceros proveedores, contratistas o agentes) de toda la fabricación, embalaje, etiquetado y transporte de los Productos entregados por el Proveedor en virtud del presente Contrato. La fabricación, el almacenamiento, el embalaje, el etiquetado y el transporte de los Productos se realizarán de forma correcta y profesional y de conformidad con todas las leyes, normas y reglamentos aplicables. A petición de Brain, el Proveedor proporcionará a Brain certificación(es) que acredite(n) su estado de cumplimiento. El Proveedor notificará inmediatamente a Brain cualquier retirada, seguridad del producto o problema de calidad de los bienes vendidos por el Proveedor que incorporen los Productos, o cualquier retirada, seguridad del producto o problema de calidad de los propios Productos. El Proveedor llevará a cabo las oportunas pruebas de detección de drogas y de antecedentes penales a cualquiera de sus empleados o subcontratistas que vayan a prestar los Servicios para Brain. El Proveedor acepta que si alguno de sus empleados o subcontratistas no cumple los requisitos de antecedentes, no se le asignará ningún Servicio en virtud del presente Contrato. El Proveedor hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para cumplir con todos los Servicios.

2. 2. Aceptación. Cualquiera de los siguientes actos del Proveedor constituirá aceptación del Contrato: (i) aceptación electrónica; (ii) acuse de recibo del Contrato; (iii) inicio de la ejecución o notificación del Proveedor a Brain del inicio de la ejecución; (iv) aceptación o cumplimiento de una Orden de Compra que haga referencia al Contrato o a la que se adjunte el Contrato. Las Partes acuerdan que los términos del Contrato prevalecerán sobre cualesquiera términos y condiciones contradictorios en cualquier acuse de recibo u otro documento de respuesta proporcionado por el Proveedor. Cualquier término o condición adicional o diferente en cualquier acuse de recibo u otro instrumento o respuesta del Proveedor se considerará objetado por Brain sin necesidad de ninguna notificación adicional de objeción, y dicho término adicional o diferente no tendrá efecto ni será vinculante en modo alguno para Brain. Una Orden de Compra se considerará aceptada por el Proveedor a menos que éste notifique por escrito su rechazo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la Orden de Compra.

3. 3. Facturas y condiciones de pago. El Proveedor enviará a Brain una factura por cada envío de Producto y/o tras la prestación de los Servicios. Cada factura incluirá (i) el número de Orden de Compra, (ii) los números de pieza de Brain, si procede, y (iii) las cantidades enviadas. Las facturas no impugnadas vencerán y serán pagaderas en un plazo de cuarenta y cinco (45) días a partir de la fecha de recepción de la factura por parte de Brain. Los pagos se efectuarán, a elección de Brain, mediante transferencia bancaria, cheque certificado, cheque bancario o cualquier otro método acordado por las Partes.

4. Envíos de productos.

a. Condiciones de envío; titularidad y riesgo de pérdida. El Proveedor notificará inmediatamente a Brain si tiene alguna razón para creer que alguno de los Productos no se entregará en la fecha de recepción establecida en el Contrato o si algún envío no se realizará según lo programado. Salvo acuerdo en contrario, el envío de los Productos dentro de los EE.UU. será F.O.B. destino. Para envíos internacionales, los Productos se enviarán DDP, Incoterms 2020. Cada envío se marcará claramente y reflejará (i) el número de Orden de Compra, (ii) la fecha de envío, y (iii) el nombre del destinatario y del remitente. En cada envío se incluirá una lista de embalaje detallada. El Proveedor hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para enviar los Productos a Brain en o antes de la fecha de recepción solicitada designada en el Contrato. Cualquier gasto por embalaje especial o entrega especial solicitada por Brain correrá a cargo de Brain. El Proveedor informará a Brain con antelación sobre cualquier gasto extraordinario de embalaje o entrega y Brain deberá aceptarlo antes de incurrir en cualquier responsabilidad por dichos gastos.

b. Tiempo esencial. El Proveedor reconoce que la prestación puntual de los Servicios y la entrega de Productos conformes para todas las Órdenes de Compra presentadas por Brain al Proveedor es esencial.

c. Aceptación de los envíos. Brain dispondrá de un número razonable de días desde la fecha de llegada del envío de los Productos al lugar de envío designado por Brain para inspeccionar los Productos y notificar al Proveedor cualquier discrepancia con respecto a los envíos del Contrato, incluyendo, pero sin limitarse a, cualquier discrepancia en la cantidad o calidad de los Productos. Brain notificará al Proveedor dichas discrepancias en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la inspección del envío. Cualquier Producto defectuoso o no conforme deberá ser devuelto al Proveedor, a su cargo, y el Proveedor abonará en la cuenta de Brain todas las cantidades pagadas por los Productos no conformes o sustituirá los Productos devueltos.

5. Garantía.

a. Productos. El Proveedor declara y garantiza que los Productos (i) serán propiedad del Proveedor libres de toda carga, reclamación o gravamen; (ii) se ajustarán a todas las especificaciones, instrucciones y direcciones de Brain; (iii) serán aptos y suficientes para los fines para los que los Productos fueron fabricados y vendidos a Brain; (iv) ser nuevos y comercializables; (v) tener un precio no menos favorable que el que reciben otros clientes que compran productos similares en cantidades comparables o inferiores, y (v) durante un periodo de 1 año a partir de la fecha de aceptación, estar libres de defectos de diseño, material y mano de obra, incluso de tipo y calidad y funcionar sin variaciones.

b. Servicios. El Proveedor declara y garantiza que los Servicios se prestarán de manera profesional y profesional, de conformidad con las normas aplicables de la industria, pero no menos que con un grado razonable de cuidado. Asimismo, el Proveedor garantiza los Servicios y la mano de obra de los mismos durante un periodo de 1 año a partir de la fecha de finalización de los Servicios.

En caso de incumplimiento por parte del Proveedor de las garantías anteriores, el recurso de Brain será, a elección de Brain, (i) la sustitución por parte del Proveedor de la parte deficiente de los Productos, o la ejecución por parte del Proveedor de la parte deficiente de los Servicios, sin coste alguno para Brain, (ii) el reembolso por parte del Proveedor a Brain de la(s) tarifa(s) pagada(s) al Proveedor por la parte deficiente de los Productos o Servicios. No obstante lo anterior, este párrafo no limita la capacidad de Brain para ejercer cualquier otro recurso al que Brain pueda tener derecho por ley o en equidad.

El Proveedor reconoce y acepta que estas declaraciones y garantías sobrevivirán a la inspección, prueba, aceptación y/o uso de los Productos por parte de Brain, se ofrecen en beneficio de Brain y sus sucesores, cesionarios y usuarios finales de los Productos adquiridos en virtud del presente por Brain, y son adicionales a cualesquiera garantías y recursos que las Partes puedan acordar de otro modo, que estén previstos por la ley, o que estén contenidos en cualquiera de las garantías estándar de los Productos del Proveedor que acompañan a los Productos. El Proveedor será responsable de todas las responsabilidades, costes y gastos derivados de cualquier incumplimiento por su parte de las declaraciones y garantías aquí contenidas.

6. 6. Trabajo por encargo. El Proveedor reconoce y acepta expresamente que cualquier trabajo preparado por el Proveedor en virtud de este Contrato se considerará "trabajorealizado por encargo" en virtud de la Ley de Derechos de Autor de EE.UU., y el Proveedor cede a Brain todos sus derechos, títulos e intereses sobre dicho trabajo. El Proveedor ejecutará y entregará a Brain cualquier instrumento de transferencia y tomará cualquier otra medida que Brain pueda solicitar razonablemente, incluyendo, sin limitación, la ejecución y presentación, a expensas de Brain, de solicitudes de derechos de autor, cesiones y otros documentos necesarios para la protección de los derechos de Brain sobre dichos materiales.

7. 7. Confidencialidad. Toda la información confidencial o de propiedad de Brain, incluyendo pero no limitándose a, especificaciones, muestras, patrones, diseños, planos, dibujos, documentos, datos, operaciones comerciales, listas de clientes, precios, descuentos o rebajas, revelada por Brain al Proveedor, ya sea revelada oral o visualmente, o revelada o accedida por escrito, electrónicamente o en cualquier otra forma o medio, y esté o no marcada, designada o identificada de otro modo como "confidencial" en relación con el Contrato es confidencial, únicamente a efectos de la ejecución del Contrato y no podrá ser divulgada o copiada o utilizada para ningún otro fin que no sea el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato, salvo autorización previa por escrito de Brain (autorización que podrá ser concedida o denegada por Brain a su entera discreción). A petición de Brain, el Proveedor devolverá sin demora todos los documentos y otros materiales recibidos de Brain. Brain tendrá derecho a medidas cautelares por cualquier violación de esta Sección. No obstante lo dispuesto en el presente documento, si el Proveedor ha firmado previamente un contrato de confidencialidad con Brain (el "NDA"), éste seguirá en pleno vigor y efecto y, en caso de conflicto entre los términos del presente Contrato y el NDA, prevalecerán los términos y condiciones del presente Contrato.

8. Indemnización.

a. Obligaciones de indemnización del Proveedor por infracción de la propiedad intelectual. El Proveedor se compromete a defender, indemnizar y mantener indemne a Brain frente a cualesquiera pérdidas, daños y perjuicios, demandas, gastos (incluidos honorarios razonables de abogados) y costes de terceros (conjuntamente "ReclamacionesporInfracción") que aleguen que los Productos vendidos a Brain infringen cualesquiera derechos de propiedad intelectual, incluidos los derechos asociados a cualquier patente, marca registrada, secreto comercial y/o derechos de autor. Si el uso o la venta de cualquiera de los Productos suministrados en virtud del Contrato se prohibiera como consecuencia de una Reclamación por Infracción, el Proveedor deberá, a su costa, bien obtener en nombre de Brain el derecho a seguir utilizando o vendiendo dichos Productos, bien sustituirlos por Productos equivalentes razonablemente aceptables para Brain, o bien reembolsar a Brain el precio de compra de dichos Productos.

b. Obligaciones adicionales de indemnización del Proveedor. El Proveedor se compromete a defender, indemnizar y mantener indemne a Brain, sus subsidiarias, matrices y afiliadas y sus funcionarios, directores, accionistas, agentes, servidores y empleados de y contra todas las reclamaciones de terceros, pérdidas, daños, juicios, gastos (incluyendo honorarios razonables de abogados) y costos (colectivamente "Reclamaciones") en relación con o que surjan de (i) cualquier falla del Proveedor en la fabricación, (ii) cualquier defecto en los Productos vendidos por el Proveedor a Brain, (iii) el incumplimiento por parte del Proveedor de cualquiera de sus declaraciones, garantías u obligaciones contenidas en el Contrato; (iv) cualquier acto u omisión negligente, dolo o fraude del Proveedor o de sus subcontratistas o agentes, (v) el incumplimiento por parte del Proveedor de todas las leyes, ordenanzas, normas y reglamentos que afecten a los Productos; o (vi) cualquier Certificación NAFTA, información sobre el país de origen o números de clasificación de control de exportaciones inexactos, erróneos o incompletos suministrados a Brain para los Productos suministrados por el Proveedor en virtud del Contrato. Esta indemnización será adicional a cualquier obligación de garantía del Proveedor.

c. Procedimientos de Indemnización. Inmediatamente después de la recepción de cualquier reclamación por escrito o notificación de cualquier acción que dé lugar a una reclamación de indemnización como se describe en la Sección 8.a. y 8.b., Brain proporcionará al Proveedor una notificación por escrito de la reclamación o acción. Brain proporcionará al Proveedor cooperación y asistencia razonables en la defensa o resolución de cualquier Reclamación, y otorgará al Proveedor el control sobre la defensa y resolución de la misma, siempre que Brain tenga derecho a participar en la defensa de la Reclamación y a contratar a un abogado a su costa para que le asista en la tramitación de la misma. El Proveedor no aceptará ningún acuerdo que resulte en una admisión de responsabilidad por parte de Brain sin el consentimiento previo por escrito de Brain, consentimiento que no se denegará ni retrasará injustificadamente. Si el Proveedor no asume la defensa de cualquier Reclamación, o no persigue diligentemente dicha defensa, Brain podrá contratar a un abogado y asumir la defensa de dicha Reclamación a costa del Proveedor, y en ese caso, el Proveedor reembolsará a Brain todos sus honorarios razonables de abogados, costes y daños incurridos en la resolución o defensa de dichas reclamaciones dentro de los treinta (30) días siguientes a cada una de las solicitudes por escrito de Brain.

9. 9. Seguros. Durante la vigencia del Contrato y por un periodo de doce meses a partir de entonces, el Proveedor deberá, a sus expensas, mantener y contratar un seguro que incluya, pero no se limite a, responsabilidad civil comercial general (incluyendo responsabilidad por Productos), automotriz y responsabilidad laboral por una suma no menor a un millón de USD por ocurrencia y dos millones de USD en conjunto, con aseguradoras financieramente sólidas y acreditadas. Proveedor A petición de Brain, el Proveedor proporcionará a Brain un certificado de seguro de la aseguradora del Proveedor que acredite la cobertura de seguro especificada en este párrafo. El certificado de seguro nombrará a Brain como asegurado adicional.

10. 10. No captación. Durante la ejecución del presente Contrato y por un periodo de un (1) año tras la rescisión del mismo, el Proveedor no solicitará ni animará en modo alguno a los empleados o consultores de Brain a abandonar su empleo con Brain.

11. Rescisión. Brain podrá cancelar cualquier Contrato, total o parcialmente, en cualquier momento y por cualquier motivo. En caso de cancelación, el Proveedor detendrá inmediatamente todos los trabajos relacionados con dicho Contrato y notificará a sus proveedores o subcontratistas para que detengan el trabajo. Brain abonará al Proveedor un cargo razonable por rescisión que refleje el porcentaje del trabajo realizado antes de la notificación de rescisión, más los costes directos reales documentados resultantes de la rescisión, pero menos las cantidades ahorradas por el Proveedor como consecuencia de la rescisión o recuperables por el Proveedor como atenuante de sus daños. Brain no pagará al Proveedor ningún trabajo realizado después de la recepción de la notificación de cancelación ni ningún coste en que hayan incurrido los proveedores o subcontratistas del Proveedor y que hayan podido razonablemente evitar. Cualquier pago en virtud de esta disposición no se considerará una renuncia a ninguno de los demás derechos de Brain. La rescisión del Contrato por cualquier motivo no eximirá a ninguna de las Partes de su responsabilidad por las obligaciones contraídas en virtud del mismo y las cantidades pendientes de pago en el momento de dicha rescisión. Brain será responsable del pago de los Productos entregados que hayan sido enviados a Brain antes de la rescisión.

12. General.

a. Fuerza mayor. Ninguna de las Partes será responsable en virtud del presente Contrato por cualquier incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato, si dicho incumplimiento o retraso se debe a causas fuera de su control razonable, incluyendo conmoción civil, guerra, incendios, inundaciones, accidentes, terremotos, inclemencias meteorológicas, fallos en las líneas de telecomunicaciones, cortes eléctricos, fallos de la red, reglamentos o controles gubernamentales, siniestros, huelgas o conflictos laborales, terrorismo, casos fortuitos u otros sucesos similares o diferentes que escapen al control razonable de la Parte que incumple o se retrasa en la ejecución del Contrato, durante el tiempo que dure dicho caso de fuerza mayor. Cada una de las Partes se esforzará razonablemente por notificar a la otra Parte la ocurrencia de dicho evento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su ocurrencia. En caso de que una de las Partes experimente un acontecimiento de fuerza mayor, tomará todas las medidas razonables para mitigar cualquier impacto que dicho acontecimiento tenga en su cumplimiento del Contrato, y tomará todas las medidas razonables para cumplir a pesar de dicho acontecimiento. Si el cumplimiento por parte del Proveedor se retrasa más de treinta (30) días, Brain podrá resolver el Contrato.

b. Cumplimiento de la legislación; Código de conducta. El Proveedor declara, garantiza y acuerda que cumplirá con todas las leyes y reglamentos internacionales, nacionales, estatales, regionales y locales aplicables con respecto a la prestación de los Servicios, la fabricación, venta, manipulación y eliminación de cualquier Producto sujeto al Contrato y su ejecución del Contrato. El Proveedor acatará el Código de Conducta del Socio Comercial de Brain vigente en ese momento, disponible en https://www.braincorp.com/legal/business-partners-code-of-conduct.

c. Legislación aplicable y jurisdicción. El Contrato se regirá por las leyes del Estado de California, sin tener en cuenta las disposiciones sobre conflicto de leyes. Cualquier controversia o reclamación derivada o relacionada con el Contrato, o con el incumplimiento del mismo, se resolverá mediante arbitraje administrado por la Asociación Americana de Arbitraje de acuerdo con su Reglamento de Arbitraje Comercial, y la sentencia sobre el laudo dictado por el árbitro o árbitros podrá presentarse ante cualquier tribunal competente. Las reclamaciones serán atendidas por un solo árbitro, a menos que el importe de la reclamación supere los 500.000 dólares, en cuyo caso la disputa será atendida por un panel de tres árbitros. La sede del arbitraje será San Diego, California. El arbitraje se regirá por las leyes del Estado de California. Las audiencias tendrán lugar de conformidad con los procedimientos estándar del Reglamento de Arbitraje Comercial que contemplan las audiencias presenciales. Se aplicarán las disposiciones estándar del Reglamento Comercial. Los árbitros tendrán autoridad para asignar los costes del proceso de arbitraje entre las Partes, pero sólo tendrán autoridad para asignar los honorarios de los abogados si una ley concreta se lo permite. Salvo que lo exija la ley, ni una parte ni un árbitro podrán revelar la existencia, el contenido o los resultados de cualquier arbitraje en virtud del presente sin el consentimiento previo por escrito de ambas Partes. Las Partes acuerdan que el hecho de que una Parte no pague o se niegue a pagar la parte que le corresponda de los depósitos para la compensación del árbitro o los gastos administrativos constituirá una renuncia de dicha Parte a presentar pruebas o a interrogar a los testigos. En tal caso, la otra Parte estará obligada a presentar las pruebas y argumentos jurídicos que el árbitro o árbitros puedan requerir para dictar un laudo. Dicha renuncia no permitirá que se dicte sentencia en rebeldía contra la Parte que no haya pagado en ausencia de las pruebas presentadas según lo dispuesto anteriormente. No obstante lo anterior, las Partes acuerdan que cada una de ellas podrá solicitar medidas cautelares (o un tipo equivalente de desagravio legal urgente) en cualquier jurisdicción.

d. Declaraciones y garantías del Proveedor. El Proveedor declara y garantiza a Brain que: (i) el Proveedor está debidamente constituido, debidamente organizado, tiene existencia válida y goza de buena reputación conforme a las leyes del estado de su domicilio social y está autorizado para realizar negocios en cada jurisdicción en la que lleva a cabo sus negocios; (ii) su venta de Productos y Servicios en virtud del Contrato no viola ninguna obligación o contrato existente del Proveedor; (iii) tiene pleno derecho legal, poder y autoridad para celebrar y ejecutar el Contrato y que se han obtenido todas las aprobaciones corporativas y de otro tipo requeridas; y (iv) no hay acciones o procedimientos pendientes o amenazados o investigaciones gubernamentales en su contra que puedan afectar su ejecución del Contrato.

e. Cesión. El Proveedor no transferirá, cederá ni sublicenciará ninguno de sus derechos, obligaciones o intereses en virtud de estos términos y condiciones sin el consentimiento previo por escrito de Brain. El Proveedor es responsable del incumplimiento de estos términos y condiciones por parte del subcontratista y obtendrá un acuerdo firmado de cada subcontratista que vincule al subcontratista a estos términos y condiciones Brain no será responsable de los daños y costes causados por la falta de pago del Proveedor a un subcontratista.

f. Contratistasindependientes. Las Partes son contratistas independientes entre sí con respecto a todos y cada uno de los aspectos del Contrato. Ninguna de las Partes contraerá obligaciones para o en nombre de la otra Parte, ni tendrá autoridad para vincular u obligar a la otra Parte.

g. Divisibilidad. Si cualquier disposición o parte del Contrato fuera declarada ilegal, inválida o inaplicable por un tribunal de jurisdicción competente, las restantes disposiciones o partes permanecerán en pleno vigor y efecto.

h. Encabezamientos; interpretación. Los encabezamientos/títulos que aparecen en el Contrato se han insertado a efectos de comodidad y fácil referencia, y no pretenden ni se considerará que definen, limitan o amplían el alcance o la intención de las disposiciones a las que pertenecen.

i. Supervivencia. Todos los términos y disposiciones del Contrato que, por su sentido y contexto, deban subsistir tras la resolución o expiración del Contrato, subsistirán con independencia de la causa e incluso si se derivan del incumplimiento material de cualquiera de las Partes del Contrato. No obstante lo anterior, las Secciones 5, 7, 8 y 11, junto con cualquier obligación de pago pendiente, sobrevivirán a la resolución del Contrato.

j. Notificaciones. Todas las notificaciones, solicitudes, reclamaciones y otras comunicaciones en virtud del presente Contrato (cada una de ellas, una "Notificación") se harán por escrito y se dirigirán a las partes a las direcciones indicadas en el anverso del Contrato o a cualquier otra dirección que designe por escrito la parte receptora. Todas las Notificaciones se entregarán personalmente, por servicio de mensajería urgente reconocido a nivel nacional, por fax o por correo certificado o registrado. Salvo que se disponga lo contrario en el Contrato, una Notificación sólo será efectiva cuando la reciba la parte receptora.

k. Renuncia. Ninguna renuncia a cualquier término o derecho del Contrato será efectiva a menos que se haga por escrito y esté firmada por un representante autorizado de la Parte renunciante. El hecho de que alguna de las Partes no haga cumplir alguna disposición del Contrato no se interpretará como una renuncia o modificación de dicha disposición, ni como un menoscabo de su derecho a hacer cumplir dicha disposición o cualquier otra disposición del Contrato con posterioridad.

l. Contrato íntegro; modificación. El Contrato (incluidos, en su caso, los Anexos adjuntos) constituye el contrato íntegro entre las Partes con respecto al objeto del mismo y sustituye a cualquier contrato o comunicación anterior entre las Partes, ya sea escrita, oral, electrónica o de otro tipo. Ningún cambio, modificación, enmienda o adición al Contrato o a cualquier parte del mismo será válido a menos que se realice por escrito y esté firmado por un representante autorizado de las Partes. Cada una de las Partes ha recibido asesoramiento jurídico independiente en relación con el Contrato y sus respectivos derechos y obligaciones establecidos en el mismo. Las Partes reconocen y aceptan que no se basan en ninguna manifestación o declaración realizada por la otra Parte o por los empleados, agentes, representantes o abogados de la otra Parte en relación con el Contrato, salvo en la medida en que dichas manifestaciones se establezcan expresamente en el Contrato.